
El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha se ha reunido esta mañana para aprobar medidas reforzadas de nivel 3 contra la expansión del Covid-19.
El presidente de Castilla-La Mancha, Emiliano García-Page, ha convocado el Consejo de Gobierno para limitar algunas actividades no esenciales y adelantar el toque de queda. A mitad de la mañana, Page ha comparecido en rueda de prensa para trasladar la decisión tomada respecto al aumento de restricciones.
Las medidas de nivel 3 reforzado entrarían en vigor a partir de las 00:00 de este martes y estarán vigentes durante 10 días.
Afectarán de la siguiente manera:
- Toque de queda de 22:00 a 7:00
- Confinamiento perimetral lo que prohíbe la movilidad entre municipios a no ser que sea para trabajar o por un caso de fuerza mayor
- Cierre de bares, restaurantes, cafeterías, pub y otros establecimientos similares. Quedan exceptuados de esta medida aquellos locales y establecimientos que en virtud de sus especiales características presten un servicio que se pueda considerar esencial o no sustituible:
- Servicios de hostelería de hospitales y clínicas, para uso de usuarios y profesionales.
- Servicios de hostelería y restauración de establecimientos hoteleros, para uso exclusivo de los clientes alojados en los mismos.
- Servicios de hostelería y restauración situados en empresas y lugares de trabajo, para uso exclusivo a empleados.
- Servicio de comedor escolar en guarderías y centros docentes de enseñanza reglada (Colegios de Educación Primaria, Institutos , Universidades)
– En los antedichos supuestos, queda suspendido el servicio en barra y su aforo máximo se establecerá en un tercio del fijado habitualmente, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.
– Se permitirá el servicio de reparto a domicilio dentro del margen horario permitido de movilidad
3) Suspensión de actividades culturales y de ocio tales como cines, teatros, conferencias y otros que supongan la participación o presencia de más de 6 personas.
4) Cierre de centros comerciales y superficies comerciales cuyo espacio de exposición y venta sea igual o superior a 300 metros cuadrados. Se exceptúan de esta medida los establecimientos, o áreas situadas en dichos centros, dedicados a la venta de productos de alimentación, higiene y otros productos considerados esenciales, y únicamente para la venta de dichos productos.
5) Cierre de gimnasios, saunas y otros recintos de práctica del deporte y la educación física, tanto en espacio abierto como cerrado. (Únicamente se podrá permitir su apertura para competiciones federadas, en los términos establecidos en las medidas de NIVEL III).